Proceso de Inmigración: La Audiencia Individual
Otro tipo de audiencia que ocurre en el proceso de inmigración es la Audiencia Individual.
Suponiendo que el caso del extranjero no se resuelva en una Audiencia de Calendario Maestro (por ejemplo, porque el extranjero admite la veracidad de los cargos en el Aviso para aparecer), la corte de inmigración programará una Audiencia Individual. Estas audiencias son similares, pero no idénticas, a los juicios en un procedimiento civil o penal. Las partes en el procedimiento son el extranjero y el ICE. Un IJ preside el procedimiento. Después de confirmar que el nombre del extranjero y el número A son correctos, el IJ verifica que ICE ha servido el Aviso de Aparición (NTA) en el extranjero. Si el alienígena no se hubiera declarado ya a los cargos en la NTA, el IJ hace que el alienígena lo hiciera. Es decir, el extranjero debe admitir o negar cada acusación fáctica en la NTA, y luego conceder o negar la deportabilidad. La IJ también permite al extranjero designar el país al que desea ser enviado en caso de que el procedimiento dé lugar a una orden de expulsión.